Ingresos de 2025, declarados en el IRS de 2026
Los casados y las parejas de hecho pueden elegir en la declaración entre tributación separada o conjunta. En la conjunta, los rendimientos de la pareja se suman y los tipos se aplican a la mitad del total (el cociente conyugal). Compensa sobre todo cuando uno gana mucho más que el otro o solo uno tiene ingresos, porque la mitad del total cae en tramos más bajos. Con ingresos parecidos, la diferencia suele ser pequeña. Para decidir, simula los dos escenarios antes de presentar la declaración.
Las deducciones de la cuota se restan directamente del impuesto. Las principales son los gastos generales familiares (35 %, hasta 250 € por contribuyente), salud (15 %, hasta 1.000 €), educación y formación (30 %, hasta 800 €), el alquiler de la vivienda habitual y los intereses de hipotecas firmadas antes de 2012 (15 %, con un límite que depende de los ingresos), residencias de mayores (25 %, hasta 403,75 €) y el IVA de las facturas pedidas con tu NIF: el 15 % en restaurantes, alojamiento, peluquerías, talleres y veterinarios, entre otros, y el 100 % en los abonos de transporte, hasta 250 € por unidad familiar. Hay además deducciones por personas a cargo, por discapacidad, por pensiones de alimentos y por planes de pensiones (PPR). Por encima del primer tramo, varias de estas deducciones juntas tienen un tope global de entre 1.000 € y 2.500 €, según los ingresos.
Para los rendimientos de 2025, el IRS Jovem deja exenta parte de los rendimientos del trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia de quien tiene hasta 35 años, durante sus primeros 10 años con ingresos: el 100 % el 1.er año, el 75 % del 2.º al 4.º, el 50 % del 5.º al 7.º y el 25 % del 8.º al 10.º, hasta 55 veces el IAS (28.737,50 € en 2025). No puedes estar a cargo de otra persona a efectos fiscales ni disfrutar o haber disfrutado de los regímenes de residente no habitual, IFICI o Regressar. El beneficio se pide en la declaración, aunque tu empleador no lo haya aplicado en la retención. Para los rendimientos de 2024 se aplicaba el régimen anterior, de cinco años y con límites más bajos.
A lo largo del año, la retención y los pagos a cuenta son anticipos. En la declaración, el impuesto se calcula sobre los rendimientos del año entero y se restan las deducciones de la cuota. Si los anticipos superan el impuesto final, te devuelven la diferencia; si se quedan cortos, la pagas tú. Suele tocar pagar cuando has tenido dos empleadores a la vez, ingresos sin retención (como un alquiler o trabajo por cuenta propia exento de retención) o pocas deducciones. La declaración se presenta del 1 de abril al 30 de junio del año siguiente, y el impuesto pendiente se paga hasta el 31 de agosto.
Los rendimientos del trabajo por cuenta ajena (categoría A), por cuenta propia (categoría B) y las pensiones (categoría H) se suman siempre al resto y tributan a los tipos progresivos de cada tramo. Los intereses y dividendos (categoría E), los alquileres (categoría F) y las plusvalías (categoría G) pagan por lo general un tipo fijo, por ejemplo el 28 % en intereses, dividendos y plusvalías de acciones, pero puedes optar por sumarlos al resto. Compensa cuando tu tipo en el IRS queda por debajo de ese tipo fijo; por lo general, la opción abarca todos los rendimientos de esas categorías, así que conviene simularlo. Las plusvalías de inmuebles de residentes se suman por el 50 % de la ganancia, y las de acciones mantenidas menos de 365 días se suman obligatoriamente cuando, con ellas, la base imponible llega al último tramo.
Sí. El simulador cubre los rendimientos de 2024 y 2025, y el botón "Comparar" te enseña cómo el mismo escenario da resultados distintos según las reglas de cada año. Con una cuenta gratuita en guito, las simulaciones se guardan y puedes retomarlas más tarde o desde otro dispositivo.
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